Centro de Derechos Humanos y Derecho Humanitario Doc. 24 (español)11 julio 1967 INFORME
SOBRE LA LABOR DESARROLLADA DURANTE EL DECIMOSEXTO PERIODO DE SESIONES 24 de abril al 3 de mayo de 1967 UNION PANAMERICANA Secretaría General de la Organización de los Estados
Americanos Este documento ha sido preparado por la Secretaria de la Comisión INDICE I. ORGANIZACION DEL DECIMOSEXTO PERIODO DE SESIONES A. Apertura y duración del periódo de sesiones B. Composición de la Comisión y participación en el período de sesiones C. Sesiones y documentos II. PROGRAMA III. INVIÑACION AL SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMIRICANOS IV. INFORME DEL PRESIDENTE DE LA COMISION V. INFORME SOBRE LA LABOR DESARROLLADA POR LA COMISION DURANTESU DECIMOQUINTO PERIODO DE SESIONES VI. INFORME DEL SECRETARIO EJECUTIVO SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA SECRETARIA ENTRE EL DECIMOQUINTO Y DECIMOSEXTO PERIODOS DE SESIONES VII. CONSIDERACION DE LAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO Y DEL REGLAMENTO RELATIVAS A LA TRAMITACION DE CUMUNICACIONES DIRIGIDAS A LA COMISION. ENMIENDAS AL REGLAMIENTO DE LA COMISION. VIII. SITUACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN PAISES AMERICANOS A. Examen de las comunicaciones recibidas. Informe del Presidente de la Comisión. B. Examen de la situación de los derechos humanos en paises americanos. 1. El caso de Cuba 2. El caso de Haiti 3. El caso de Nicaragua IX. ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO A. Proyecto de Convención Interamericana sobre Derechos Humanos B. Proyecto de Convención sobre Libertad de Expresión, Información e Investigación C. Situación de los refugiados politicos en América D. Aplicación General de la Institución del Estado de Sitio. Segundo Informe preparado por el Dr. Daniel Hugo Martins. E. Estudio sobre el Derecho a la Vida. X. ANO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS XI. OTROS ASUNTOS A. Consideración de las disposiciones pertinentes del Estatuto y del Reglamento relativos a la preparación y publicación de los estudios e informes que elabore la Comisión. B. Revisión del Programa General de Trabajo. C. Visita al Ministro de Justicia y Subrogante de Relaciones Exteriores de Chile XII. FECHA Y SEDE DEL DECIMOSEPTIMO PERIODO DE SESIONES XIII. COMUNICACIONES AL SR. PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y AL SR. SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION. ANEXO Lista de los documentos del Décimosexto Periódo de Sesiones COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS INFORME SOBRE LA LABOR DESARROLLADA DURANTE EL DECIMOSEXTO PERIODO DE SESIONES DEL 24 DE ABRIL AL 3 DE MAYO DE 1967 I. ORGANIZACION DEL DECIMOSEXTO PERIODO DE SESIONES A. Apertura
y duración del periodo de sesiones 1.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos celebró su Décimosexto
Periodo de Sesiones en la ciudad de Viña del Mar, Chile, entre el 24 de
abrily el 3 de mayo de 1967, correspondiente a la inViñación que le
extendiera el Gobierno de Chile para que la ciudad de Viña del Mar fuera la
sede de este Organismo en dicho periodo de sesiones. 2. En
consecuencia, la Comisión, en ejercicio de la facultad que le
otorga el acápite c) del Articulo 11 de su Estatuto, trasladó su sede a la
ciudad deViña del Mar, República de Chile, habiendo celebrado sus sesiones
en el Hotel O'Higgins de esa ciudad. 3. La primera sesión tuvo lugar en el Salón "Presidente" del mencionado Hotel a las 10:30 a.m. del dia 24 de abril de 1967. Asistieron,
como inViñados de honor, el Excelentisimo señor Ministro deJusticia de
Chile y Ministro Subrogante de Relaciones Exteriores, Dr. Pedro J.Rodriguez;
el Sr. Presidente de la Corte de Apelaciones de Valparaíso; los señores
Embajadores de la República Dominicana y de la Repdúlica de Nicarágua
ante el Gobierno de Chile; el Sr. Intendente de la Provincia de Valparaíso;
elSr. Rector de la Universidad Técnica de "Santa Maria"; el Sr.
Comandante en Jefe de la Zona Naval de Valparaiso; el Sr. Comandante Militar
de Valparaiso; el Sr. Alcalde de Viña del Mar, Sr. Juan Andueza; Miembros
del Cuerpo Consularacreditado en Valparaiso y autoridades civiles y
militares locales. 4. En la mencionada sesión hizo uso de la palabra., en primer lugar, el Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Profesor Manuel Bianchi, quien agradeció al Sr. Ministro de Justicia su presencia en nombre del Gobierno de Chile y al Alcalde de Viña del Mar, Sr. Juan Andueza, la hospitalidad y facilidades dispensadas a la Comisión para la celebración de su periodo de sesiones (Doc. 7-XVII). A continuación, el Profesor Bianchi habló sobre el apoyo dado por la Delegación de Chile, en la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria, para que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos figurara entre los Organos principales en el Protocolo de Róformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos. Hizo mención de los trabajos que ocuparian la atención de la Comisión en su Decimosexto Periodo de Sesiones y al informe preseniado en la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria de Buenos Aires sobre la forma como la Comisión habla cumplido con los mandatos recibidos de la Segundá Conferencia Interamericana Extraordinaria respecto al problema de los refugiados politicos en América, la actualización del Proyeeto de Convención sobre Derechos Humanos del Consejo Interamericano de Jurisconsultos, junto con los presentados por los Gobiernos de Chile y Uruguay sobre esta materia y, la elaboración de un programa de actividades para que la organización de los Estados Americanos se asocie a la celebración, en 1968, del Año Internacional de los Derechos Humanos proclamándo por las Naciones Unidas. Por otra
parte, el Presidente de la Comisión se refirió en su discurso a lo
expresado por é1 ante la Tercera Conferencia Interamericana Extraordinaria
con relación a la actividad cumplida por la Comisión en la República
Dominicana, indicando que en esa misión de paz en dicho pais la Comisión
"puso, toda su fe, todo su empeño y profundo respeto a las facultades
que le otorga au Estatuto". En
otro lugar de su discurso el Profesor Bianchi señaló la necesidad del
respeto de los derechos humanos como factor fundamental en el acercamiento
de los pueblos y la lucha para alcanzar la libertad interna y el desarrollo
económico y social asi como “para llegar a las metas democraticas que se
buscan afanosamente". Sobre
este particular recordó que, el 16 de agosto de 1966, se reunieron en Bogotá
1os Presidentes de Colombia, Venezuela y Chile y los Representantes de los
Jefes de Estado del Ecuador y Perú y que suscribieron una declaración
solemne en la cual se afirmó la convicción de que "el afianzamiento
de las instituciones propias dela democracia representativa, mediante la
activa intervención del pueblo y la participación creciente de éste en
los beneficios del progreso, el respeto a los derechos humanos, y el
desarrollo económico y social, son condiciones esenciales e inseparables
para garantizar la libertad y el bienestar de las nacicnes americanas” y
que, en la Conferencia Cumbre de Punta del Este de los Presidentes de las Américas,
se habla destacado "en la mayor parte de los discursos la relación
directa, que existe entre la paz interna y externa de un grupo de naciones,
con la similitud de actitudes ante el problema humano". El Profesor
Bianchi mencionó en su discurso la naturaleza jurídica de los derechos
humans señalando que “no son los derechos human son anteriores a la
formación del Estado, pues son facultades que neacen con la humanidad misma”;
citó la parte pertinente de la Declaración de Independencia de los Estados
Unidos de América, redactada por Thomas Jefferson y manifestó que, “en
esta declaración trascendental queda bien definida la situación de los
derechos humans fundamentales frente a todos los Estados”, declarando que
la “defensa de esos derechos para que sea eficaz tiene que rebasar las
fronteras y convertirse en una tarea de nuestra comprensión y de mutua
renuncia a nactionalismos exagerados”. Finalmente
el Presidente de la Comisión reiteró, en nombre de la Comisión, su
sincero agradecimiento al señor Ministro don Pedro J. Rodríguez, a las
autoridades locales, a los Representantes Diplomáticos y Consulares de los
países americanos, a los periodistas extranjeros y nacionales y muy
especialmente al señor Alcalde de Viña del Mar que tan gentilmente estaba
facilitando las tareas de la Comisión. 5. A continuación correspondió al Sr. Ministro de Justicia y Ministro
Subrogante de Relaciones Exteriores pronunciar un discurso (Doc. 9-XVII) en
el que, inicialmente, ponderó los motivos que el Gobiernode Chile tenia
para estar complacido con la realización en Viña del Mar del Décimosexto
Período de Sesiones de la Comisión, en especial por significar un "avance
en la ardua pero apasionante tarea de fortalecer los derechos humanos en
nuestro continente". Indicó,
además, que había otra razón que explicaba la satisfacción del Gobierno
de Chile por la presencia de la Comisión en su territorio: la plena
coincidencia de los propósitos de la Comisión con los que constituyen la
inspiración principal del Gobierno de Chile. Sobre este punto señaló:
"todas las reformas a nuestra estructura política, económica y social
que estamos intentando realizar, no tendrian verdadero sentido si el
destinatario de ellas no fuese, precisamente, la persona humana". Asimismo, el Ministro de Justicia de Chile se refirió a la naturaleza juridica de los derechos hilmnnos y subrayó que “siendo como creemos, los derechos humanos anteriores al Estado y universales por su naturaleza, estamos persuadidos que la tarea de velar por su defensa, no puede ser confiada exclusivamente a los Estados", e hizo una amplia exposición sobre el problema de los derechos humanos en América y las etapas cumplidas dentro del marco del Sistema Interamericano para establecer un sistema de protección internacional de los derechos humanos, a partir de la VIII Conferencia Interamericana (Lima, 1938) y la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y de la Paz (México, 1945), hasta la Resolución IX de la Quinta Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores en virtud de la cual se creó la Comisión Interamericana deDerechos Humanos, sobre la cual expresó: "no obstante las limitaciones que le impone su Estatuto y la.falta de Convención sobre la materia, la Comisión ha desarrollado, hasta ahora, una efectiva y fecunda labor, como quedó en evidencia con su actuación durante la crisis dominicana del año 1965, al término de la cual su Presidente, con legitimo orgullo, pudo expresar que efectivamente, hablan cumplido su misión", y agregó; "Ha sido esa permanents y eficaz labor de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la que motivó a la Delegación de Chile ante la Comisión Especial de Panamá de 1966 que redactó el anteproyecto de reformas a la Carta de la OEA a proponer su institucionalización dentro de dicha Carta y, posteriormente,, en la Tercera Cenferencia Interamericana Extraordinaria.,celebrada hace pocas semanas en Buenos Aires, a solicitar su incorporación como uno de los órganos principales de la Organización de los Estados Americanos, iniciativas entas que en definitive prosperaron gracias al amplio respaldo quedes de un comienzo contaron". Para
concluir el Sr. Ministro manifestó que para el cumplimiento de sus mayores
responsabilidades la Comisión podia contar con el pleno apoyo del Gobierno
de Chile. Después del Sr. Ministro de
Justicia, pronunció su discurso el
Alealdede Viña del Mar, Sr. Juan Andueza, quien dio la bienvenida a la
Comisión y expresó la satisfacción que para la Municipalidad constitula
la presencia de EsteOrganismo con ocasión de celebrar su Décimosexto
Periodo de Sesiones en la Ciudad (Doc. 8-XVII).
Asimismo, expresó que también como chileno debia subrayar "la
enaltecedora distinción que significa para el país el hecho de que la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, creada a raíz de la Quinta
Reunión de Consulta de 1959 de los Cancilleres Americanos y cuya sede se
encuentra en Washington, celebre sus sesiones por segunda vez entre nosotros,
después de haberlo hecho en 1963". Del propio modo, el Sr. Andueza formuló votos por el éxito de los
trabajos con las siguientes palabras: "En este clima de pureza civica
iniciáis, pues, señores delegados, vuestras graves deliberaciones, cuyos
resultados no podrán ser indiferentes a la democracia chilena, sujeta hoy día
a un proceso de renovación y rectificación de valores. Por el feliz
desenlace de estas deliberaciones y por la grata permanencia de todos
vosotros en esta ciudad-balneario de Chile, formulo, en mi calidad de
Alcalde, votos muy sinceros y afectuosos, seguro de interpreter con ello la
voluntad de la Corporación que presido y el anhelo de todos sus habitantes”. B.
Composición de la Comisión y participación en el periodo de
sesiones 7.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos esta compuesta por
siete miembros, elegidos a título personal por el Consejo de la organización
de los Estados Americanos de ternas presentadas al efecto por los Gobiernos
de los Estados Miembros. En
consecuencia, representan a todos los Estados Miembros dela OEA y actuan en
su nombre. A continuación
aparecen los nombres de los Miembros de la Comisión, en orden alfabético:
Todos los
Miembros asistieron al Décimosexto Periodo de Sesiones. C. Sesiones
y documentos 8.
La Comisión celebró durante su Decimosexto Periodo doce sesiones. 9.
La Secretaria preparó las actas resumidas correspondientes a estas
sesiones. Dichas actas son de carácter reservado para uso exclusivo de los
Miembros de la Comisión. 10. La
Secretaria, en
cumplimiento de los dispuesto en el Articulo 34 del Reglamento de la Comisión,
preparó un documento con la lista de las comunicaciones o reclamaciones
recibidas con anterioridad al periodo de sesiones y un resumen del contenido
de dichas comunicaciones y su trámite inicial.
Dicho documento, ordenado cronológicamente y por países a los
cuales hacian referenci las comunicaciones, es de carácter reservado y para
uso exclusiv6 de los Miembros de la Comisión (OEA/Ser.L/V/Ñ.17, Doc. 2 de
11 de abril de 19ó7). 11. La Secretaria
preparó, además, los siguientes documentos: a) Proyecto de Informe sobre la Labor Desarrollada por la Comisión durante su Décimoquinto Periodo de Sesiones (OEA/Ser.L/V/11.16, Doc. 20 de 4 deabril de 1967). b) Proyecto de Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Cuba (OEA/Ser.L/V/II-17, Doc. 4 de 7 de abril de 1967). c) Solicitudes de Información Transmitidas al Gobierno de Haiti sobre el Caso de los Ciudadanos Haitianos Devueltos a su Pais desde la República Dominicana y el Caso de la Familia Beauvoir-Florez (OF.A/Ser.L/V/II.16, Doc. 2, Rev.de 16 de febrero de 1967). d) Solicitudes de Información Transmitidas al Gobierno de Nicaragua y Respuestas Recibidas de Dicho Gobierno (OFA/Ser.L/á/Il-17, Doc. 3, Res. de 27de marzo de 1967). e) Año Internacional de los Derechas Humanos - Proyecto de Programa de Actividades (OEA/Ser.L/V/11.16, Doc. 7, Rev. 1 de 13 de abril de 1967). f) Dictamen Relativo al Proyecto de Convención Sobre Derechos Humanos aprobado por el Consejo Interamericano de Jurisconsultos (Segunda Parte). Este documento fue preparado en colaboración con el Presidente de la Comisión, Profesor Manuel Bianchi y el Relator del tema nombrado por la Comisión, Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, con base en los acuerdos tomados por la Comisión sobre la materia durante su Decimoquinto Periodo de Sesiones, Extraordinario, celebrado entre el 9 y el 20 de enero de 1967 (OEA/Ser.L/V/Ñ.16, Doc. 8, Rev. de27 de marzo de 1967). g) Informe del Secretario Ejecutivo sobre las Actividades de la Secretaria entre el Decimoquinto y el Decimosexto Periodoe de Sesiones (OEA/Ser.L/V/II.17, Doc. 12 de 24 de abril de 1967). h)
Proyecto de Programa del Decimosexto Periodo de Sesiones y relación
de los antecedentes respecto de cada uno de los temas incluidos en dicho
Projecto (OEA/Ser.L/V/11-17, Doc. ó Rev. de 24 de abril de 1967). 12. Además la
Secretaria publicó los siguientes documentos: "La Protección
Internacional de los Derechos Esenciales del Hombre", de que es autor
el Dr.Daniel Hugo Martins, Miembro de la Comisión (OEA/Ser.L/V/II.15, Doc.
28 de 28 de diciembre de 1966); Informe del Presidente de la Comisión sobre
las Comunicaciones Recibidas en el Decimosexto Periodo de Sesiones (OEA/Ser.L/V/I5-17,
Doc. 28 de 3 de mayo de 1967); Discurso
Pronunciado por el Presidente de la Comisión, Profesor Manuel Bianchi en la
Primera Sesión celebrada el 24 de abril de 1967(OEA/Ser.L/V/Ñ-17, Doc. 7
de 24 de abril de 19ó7); Discurso Pronunciado por el Alcalde de Vina del
Mar, Sr. Juan Andueza, en la Primera Sesión del Decimosexto Periodo de
Sesiones, celebrada el 24 de abril de 1967, en el Salón Presidente del
Hotel O'Higgins, Viña del Mar, Chile (OEA/Ser.L/V/11-17, Doc. 8 de 24 de
abril de 1967); Discurso Pronunciado por el Sr. Ministro de Justicia y
Canciller Subrogante, Sr. Pedro J. Rodriguez, en la Primera Sesión,
celebrada el 24 de abrilde 1967 (OEA/Ser.L/V/II.17, Doc. 9 del 24 de abril
de 1967); Enmiendas al Reglamento de la Comisión Interamericane de Derechos
Humanos (OF.A/Ser.L/V/11.17, Doc.20 Rev., de 11 de mayo de 1967) y; Resolución
Relativa al Proyecto de Convención Interamericana sobre Libertad de Expresión,
de Informción e Investigación Tema 7 del Programa - (OEA/Ser.L/V/11-17,
Doc. 25 de 29 de abril de 1967). 13. Por otra parte, la
Secretaria publicó Boletines Informativos para dar a conocer las
actividades de la Ccmisión a los órganos de difusión y al publico. 14. La Comisión contó con los servicios tsenicos y administrativos de su Secretaria, integrada por el Dr. Luis Reque, Secretario Ejecutivol y por el Dr.Alvaro Gómez, funcionario de dicha Secretaria. II.
PROGRAMA 15. En la segunda sesión
celebrada el 24 de abril, la Comisión aprobó el siguiente programa para el
Décimosexto Periodo de Sesiones (OEA/Ser.L/V/II.17, Doc. 6 Rev. de 24 de
abril de 1967): PROGRAMA DEL DECIMOSEXTO PERIODO DE SESIONES 1. Informe del Presidente de la Comisión. 2. Informe preparado por la Secretaria sobre la labor desarrollada por la Comisión durante su Décimoquinto Periodo de Sesiones. 3. Informe del Secretario Ejecutivo sobre las actividades de la Secretaria entre el Décimoquinto y Décimosexto Periodos de Sesiones. 4. Consideraciones de las disposiciones pertinentes del Estatuto y del Reglamento relatives a la tramitación de las comunicaciones. 5. Situación de los derechos humanos en los paises americanos:
6. Proyecto de Convención Interamericana sobre Derechos Humanos. 7. Proyecto de Convención Interamericana sobre Libertad de Expresión, Información y de Investigación. 8. Programa General de Trabajo:
9. Año Internacional de los Derechos Humanos. 10. Consideración de las disposiciones Pertinentes del Estatuto y del Reglamento relativas la preparación y publicación de los estudios e informes que elabore la Comision. 11. Fecha y sede del Decimoséptimo Periodo de Sesiones. 12. Otros asuntos. III.
INVITACION AL SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS
AMERICANOS 16. En la segunda sesión el Presidente de la Comisión informó que como en anteriores periodos de sesiones, había invitado, en nombre de la Comision, al Sr. Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, Dr. José A. Mora, para que diera con su presencia mayor realce a las deliberaciones del Decimosexto Periodo de Sesiones. Informó, asimismo, que el Sr. Secretario General se había excusado de asistir al período de sesiones en vista de que compromisos de su alto cargo reclamaban su permanencia en la sede de la Secretaria General. En consecuencia la Comision acordó dirigir al Sr. Secretario General la siguiente comunicacion: Viña del Mar, Chile24 de abril de 1967 COMISION INTERAMERICANA DERECHOS HUMANOS AL INICIAR DECIMOSEXTO PERIODO DE SESIONES SALUDALO MUY CORDIALMENTE LAMENTANDO IMPOSIBILIDAD USTED ASISTIR SESION INAUGURAL CELEBROSE HOY. MUY ATENTAMENTE LO SALUDA Manuel Bianchi 17. En respueste el Dr José A. Mora dirigó al Presidente de la Comisión el siguiente cablegrama: Washington, D. C. EMBAJADOR MANUEL BIANCHI AGRADEZCO SU AMABLE MENSAJE Y FORMULO VOTOS POR EL MAYOR EXITO DE LOS TRABAJOS INICI.PLOS EN VINA DEL MAR. CORDIALMENTE José A. Mora IV.
INFORME DEL PPESIDENTE DE LA COMISION 18. En la tercera sesión, celebrada el 25 de abríl el Presidente de
laComisión, en cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 4 del Reglamento,
informó sobre las actividades cumplidas en desempeño de su cargo entre el
Décimoquinto y el Décimosexto Periodos de Sesiones (enero-abril de 1967).
Su informes e refirió, principalmente, a la Tercera Conferencia
Interamericana Extraordinaria de Buenos Aires (del 14 al 28 de febrero de
1967) y las gestiones cumplidas ante el Organo Supremo de la Organización
en lo relativo a la incorporacion de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos entre los órganos principales de la Organización y el curso de los
debates ocurridos en el seno de la Comisión B de la mencionada Conferéncia
sobre este asunto; así como a la aprobación unánime del Articulo 150 del
Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados
Americanos con respecto a la actual Comisión Interamericana deDerechos
Humanos. 19. La Comisión, al tomar conocimiento del referido informe del Presidente, felicitó al mismo por el éxito de las importantes tareas cumplidas en beneficio de la Comisión y de los derechos humanos en el ómbito del Sistema Interamericano. V.
INFORME SOBRE LA LABOR DESARROLLADA POR LA COMISION DURANTE SU
DECIMOQUINTO PERIODO DE SESIONES 20. En la quinta sesión del 26 de abril, la Comisión consideró el proyecto de Informe sobre la Labor Desarrollada Durante su Decimoquinto Periodo de Sesiones, preparado por la Secretaria (OEA/Ser.L/V/11.161. Doc. 20 de 4 de abril de1967). En la misma sesión la Comisión aprobó el citado Proyecto e instruyó a la Secretaria Para que lo publicara como documento oficial del Organismo. El referido informe contiene una relación de las actividades realizadas y acuerdos tomados por la Comisión entre el 9 y el 20 de enero de 1967, correspondientes al mencionado periodo de sesiones, que tuvo carácter extraordinario, a saber: el examen de la situación de los derechos humanos en Haiti y Nicaragua; las deliberaciones sobre el Proyecto de Convención sobre Derechos Humanos delConsejo Interamericano de Jurisconsultos junto con los Proyectos presentados porlos Gobiernos de Chile y Uruguay a la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria y la aprobación del Dictamen (Segunda Parte) al Consejo de la Organización sobre esta materia y; lo referente al Proyecto de Programa de actividadesPara la celebración del Año Internacional de los derechos humanos por parte dela Organización de los Estados Americanos. Además, el
Informe se complements con dos anexos: el texto del Dictamen Relativo al
Proyecto de Convención sobre Derechos Humanos aprobado por el Consejo
Interamericano de Jurisconsultos
Segunda Parte (OEA/Ser.L/V/II.16,
Doc. 8, Rev. de 27 de marzo de 19ó7) y; el texto de las enmiendas
presentadas al Proyecto materia del Dictamen, por el Relator del tema Dr.
Carlos A. Dunsheede Abranches. VI. INFORME DEL SECRETARIO EJECUTIVO SOBRE LAS ACTIVIDADES DE LA
SECRETA+ENTRE EL DECIMCQUINTO Y DECIMOSEXTO PERIODOS DE SESIONES 21. En la segunda sesión, la Comisión tomó conocimiento del Informe
presentado por el Secretario Ejecutivo sobre las actividades del despacho a
su cargo entre el Decimoquinto y el Decimosexto Periodos de Sesiones., en
cumplimiento de los acuerdos tomados por la Comisión en su Dócimoquinto
Periodo (OEA/Ser.L/V/II.17, Doc. 12 de 24 de abril de 1967). Especificamente
el documento citado incluye los siguientes puntos: la preparación
definitiva del Dictamen sobre el Proyecto
deConvención sobre Derechos Humanos del Consejo Interamericano de
Jurisconsultos, con base en las observaciones de los Miembros de la Comisión
y en colaboración con el Presidente, Profesor Manuel Bianchi y el Relator
del tema Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, el cual fue remitido al
Presidente del Consejo de la OEA, por intermedio del Sr. Secretario General
y, con nota del Presidente de la Comisión de 10 de abril de 1967; el
tramite inicial dado a las comunicaciones o reclamacio srecibidas desde la
clausura del Dócimocuarto Periodo de Sesiones (21 de Octubre de 1966),
hasta la inauguración del Decimosexto Periodo; el viaje del Secretario
Ejecutivo a la ciudad de Buenos Aires, Republica Argentina, para asistir,
junto con el Presidente de la Comisión, a la Tercera Conferencia
Interamericana Extraordinaria, en el mes de febrero; el viaje del Secretario
Ejecutivo a Ginebra, Suiza, para asistir en representación de la Secretaria
General de la OEA al Vigésimotercer Periodo de Sesiones de la Comisión de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas; la preparacion del Proyecto de
Informe sobre la labor desarrollada por la Comisión en su Décimoquinto
Periodo de Sesiones; la preparación del Proyecto de Informe sobre la
Situación de los Derechos Humanos en Cuba y de los documentos sobre
la situación de los derechos humanos en Haiti y Nicaragua; lo referente al
estudio del problema de los refugiados politicos en América habida cuenta
del Proyecto de Informe sobre un Anteproyecto de Convención Sobre
Refugiados, preparado por el Comité Juridico Interamericano de Río,
transmitido al Consejo de la OEA por Resolución del propio Comité de 30 de
abril del propio año; la preparación de un documento revisado sobre el
"Año Internacional de los Derechos Humanos - Proyecto de Programa de
Actividades" (Doc. 7-16), con base en las observaciones formuladas por
los Miembros de la Comisión sobre este asunto en el curso del Decimoquinto
Periodo de Sesiones y; otros puntos sobre varias tareas cumplidas por la
Secretaria. 22. La Comisión dejó
constancia de la forma satisfactoria como la Secre-taria habia llevado a
cabo sus tareas. VII.
CONSIDERACION DE LAS DISPOSICIONES DEL ESTATUTO Y DEL REGLAMENTO
RELATIVAS A LA TRAMITACION DE COMUNICACIONFS DIRIGIDAS A LA COMISION.
ENMIENDAS AL REGLAMENTO DE LA COMISION 23. La Segunda
Conferencia Interamericana Extraordinaria amplió en su Resolucion XXII las
facultades de la Comisión Interamericana de.Derechos Humanos autorizándola
para que examine las comunicaciones que le sean dirigidas y solicitándole
que preste "particular atención" a la tarea de la observancia de
los derechos humanos mencionados en los Azticulos I, II, III, IV, XVIII, XXV
y XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre,
aprobada en Bogotá, en 1948, por los Estados Miembros de la Organización
de los Estados Americanos. Asimismo,
en la mencionada Resolución, inciso 8, Se expresa que el Estatuto de la
Comisión "quedará modificado de conformidad con lo dispuesto en la
presente Resclución". 24. La
Comisión, en
el curso de su Décimotercer Periodo de Sesiones,
celebrado en la ciudad de México, D.F., del 18 al 28 de abril de
1966 (Doc. 35-XIV),incorporó a su Estatuto las modificaciones establecidas
en la Resolución WI,de referencia, a fin de dar cunplimiento a Io dispuesto
por la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria (OEA/Ser.L/V/II.14,
Doc. 33). Del Propio modo y como consecuencia de la incorporación a su
Estatuto de las facultades contenidas en la susodicha Resolución XXII, la
Comisión introdujo en su Reglamento las enmiendas correspondientes (OEA/Ser.L/V/II.14,
Doc. 34). Cabe señalar que, en lo que al Reglamento de la Comisión se
refiere, las modificaciones introducidas se concretaron, especialmente, a
las disposiciones pertinentes al tramite y examen de las comunicaciones o
reclamaciones de casos individuales sobre alegadas violaciones de los
derechos humanos en paises americanos. 25. En el periodo de
sesiones a que se contrae el presente informe la Comisión estudió, a la
luz de las facultades consignadas en los Articulos 9 y 9 (bis) de su
Estatuto la conveniencia de introducir al Reglamento de la comision las
modificaciones que fueran necesarias para el mas eficaz cumplimiento del sus
funciones. 26. En la quinta sesión,
celebrada el 25 de abril, la Comisión acordó a designar una Subcomisión
compuesta por los Dres. Gabino Fraga, Carlos A. Dunshee de Abranches y
Gonzalo Escudero para que estudiaran y prepararan las enmiendas necesarias
al Reglamento, teniendo en cuenta las facultades de la Comisión consignadas
en los Articulos 9 y 9 (bis) de su Estatuto, las modificaciones, al propio
Reglamento aprobadas en el Decimotercer Periodo de Sesiones y las
observaciones y comentarios formulados en el seno de la Comisión durante la
referida sesión. 27. En la septima y octava sesiones, llevadas a cabo el 28 de abril, la
Comisión hizo un detenido examen de las enmiendas presentadas por la
Subcomisión, articulo por artículo, y aprobó con algunas modificaciones y
adiciones las enmiendas propuestas. Además,
en el curso de la undécima sesión, del 2 de mayo, la Comisión aprobó la
introducción al Reglamento de una disposición ptopuesta por el Dr. Daniel
HugoMartins. 28. El texto completo de las disposiciones aprobadas, las cuales paparona
formar parte del Reglamento de la comisión, son las siguientes: ENMIENDAS AL REGLAMENTO Comunicaciones o Reclamaciones dirigidas
a la Comisión Articulo 37. (Articulo 37 del presente Reglamento, sin modificiaciones) Articulo 38. 1. Las comunicaciones dirigidas a la Comisión, deberán contener: a. El nombre, domicilio y firma de los denunciantes o quejosos. b. La mención del hecho o de los hechos denunciados y el nombre o nombres de las victimas de la presunta violación o violaciones de los derechos humanos. 2. En los casos de comunicaciones dirigidas por asociaciones, deberán estar firmadas por quienes tengan la representación de ellas. 3. Si las comunicaciones no reunieren dichos requisitos, laSecretaria podrá solicitar de los denunciantes o quejosos que las complementen. Articulo 39. (Articulo 39 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 40. Las comunicaciones en que se denuncie la violación de derechos humanos tendrán que ser dirigidas a la Comisióndentro de un plazo razonable, a juicio de la Comisión, desde la fecha en que hubiere acurrido la presunta violación de esos derechos. Articulo 41. 1. La Secretaria acusará recibo de las comunicaciones dirigidas a la
Comisión, indicando que éstas serán consideradas deacuerdo con el
presente Reglamento. 2. Si la Secretaria tuviere alguna duda sobre la admisibilidad de alguna
comunicación, dicha duda será resuelta por laComisión o por la Subcomisión,
si estuvieren reunidas, o por el Presidente durante los recesos de ellas. 3. Si se presentare la comunicación con omisión de los requisitos
contemplados en los Articulos 53 Y 54 del presente Reglamento, conforme sea
el caso, se solicitaró inmediatamente al denunciante o quejoso que
suministre a la Comisión la información relativa adichos articulos,
debiendo transcriber la Secretaria en dicha solicitud el texto de la
disposición que sea pertinente. Articulo 42. 1. La Secretaria transmitirá las partes pertinentes de las comunicaciones admitidas, de conformidad con el presente Reglamento, a los Gobiernos de los Estados aludidos, cuando asi lo hubiere acordado la Comisión durante los periodos de sesiones, o su Presidente durante los recesos de ellas, solicitándoles, al mismo tiempo, las informaciones correspondientes, asi como la cooperación necesariapara obtener directamente dichas informaciones. 2. El mero hecho de la solicited de información al Gobierno correspondiente no entraba prejuzgar la admisibilidad de la denuncia. Articulo 43. (Articulo 42 del presente Reglamenta, sin modificaciones) Articulo 44. (Articulo 43 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 45. La Secretaria distribuirá entre los miembros de la Comisión, con anterioridad a cacia periodo de sesiones, una lista de las comunicaciones recibidas, con una breve indicación de su contenido y de su trámite. El Presidente agregará a dicha lista su opinión sobre cada caso presentado. Articulo 4ó. (Artlcuic 45 del presente Reglamento, sin modifi-eaciones) Articulo 47. (Articulo 46 del presente Reglamento, sin modifi-caciones) Articulo 48. (Artfculo 47 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 49. La Comisión examinará las pruebas que le suministre el Gobierno aludido o el denunciante o las que recoja de testigos delos hechos o que obtenga mediante documentos y registros o publicaciones oficiales o mediante observación in loco. Articulo 50. 1. Se presumirán verdaderos los hechos sobre los cuales se ha solicitado información si en el plazo de ciento ochenta dias desde la fecha en que se solicitó la información correspondiente al Gobierno aludido, éste no suministrare la información correspondiente, siempre y cuando la improcedencia de los hechos denundiados no resultare de otros elementos de convicción. 2. La Comisión podrá prorrogar el plazo de ciento ochenta dias en los casos en que lo encontrare justificado. Articulo 51. Concluida la tramitación, se sometera el caso a consideración de la Comisión en pleno para su decisión. La Comisión podra designar de su seno un relator para que elabore el proyecto de informe correspondiente respecto de cualquiera de los casos sometidos a su conocimiento. Articulo 52. Comprobada la violación de los derechos humanos, en aplicación de los Articulos 37 al 51 del presente Reglamento, la Comisión podrá formular recomendaciones en caso de que lo estime conveniente, como lo dispone el Articulo 9, acápite b) del Estatuto de la Comisión, a los Estados Miembros en general, esto es a todos o a cada uno de ellos, a fin de que adopten de acuerdo con sus preceptos constitucionales, medidas apropiadas para fomenter la fiel observanciade esos derechos, sin perjuicio de preparar y publicar los informes que la Comisión considere convenientes, de acuerdo con el Articulo 9,acápite c) de su Estatuto. Articulo 53. (Articulo 48 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 54. (Articulo 49 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 55. (Articulo 50 del presente Reglamento; sin modificaciones) Articulo 56. (Articulo 51 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 57.
(Articulo 53 del presente Reglamento, sin modificaciones) Articulo 58. En los casos sometidos a la Comisión,
a los que deberia aplicarse el procedimiento establecido en los articulos
compren-didos entre los números 53 y 57 del presente Reglamento, en que
existiere, por algun motivo, defecto o imposibilidad de prueba, se aplicara
en su reemplazo el prdcedimiento determinado en los articulos compren-didos
entre los numeros 37 y 51 de este Reglamento. VIII.
SITUACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN PAISES AMERICANOS A.
Examen de las comunicaciones recibidas. Informe del Presidente de
la comisión 29. La Comisión consideró las comunicaciones recibidas en su novena, decima y undecima sesiones, celebradas el 29 de abril y el 1 y 2 de mayo, :respectivamente, con base en el documents titulado: "Resumen de las ComunicacionesRecibidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos correspondientes al Decimosexto Periodo de Sesiones" (Doc. 2-XVII Res.). En la
novena sesión la Comisión hizo un examen preliminar de ocho de las
comunicaciones contenidas en el citado documento y tomo diversos acuerdos
provisionales respecto de las mismas. Seguidamente, dio traslado al
Presidentedel Doc. 2-XVII, a fin de informar sobre la procedencia del
tramite inicial dado a las comunicaciones y sobre el tramite final
pertinence de conformidadcon el Reglamento. 30. En la decima sesion la comisión estudió el tramite propuesto por el
Dr. Daniel Hugo Martins en cuanto a la comunicacion No. 1 del Doc. 2-XVII y
aprobo una reolucion trasmitiendo al Gobierno interesado, en solicitud de
informacion, de conformidad con el Articulo 42 del Reglamento, las partes
pertinentes de esa sesion. 31. En la undecima
sesion la Comision considero el Informe del Presidente, Profesor Manuel
Bianchi, sobre las comunicaciones y su tramite inicial contenidas en el Doc.
2-XVII y el tramite final correspondiente, de acuerdo con el Reglamento. De conformidad con el referido titutlado “Examen de las Comunicaciones Recibidas”’ (OEA/Serv.L/V/II.17, Doc. 23 de 3 de mayo de 1967), la Comision observó que con respecto a algunas de las comunicaciones contenidas en el Doc. 2-XVII, ya se las habia dado el tramite pretinente, de acuerdo al Reglamento; que, a los Gobiernos de la Republica Argentina, Cuba, Haiti, Nicaragua y la Republica Dominicana se les habian transmitido solicitudes de informacion y; que, con excepcion del Gobierno de Cuba, los mencionados Gobiernos habian dado respuestas a las solicitudes formuladas. En misma sesion, la Comision aprobo el Informe de referencia e
instruyo a su Secretaria para que diera a las demas comunicaciones del
documento 2-XVII el tramite indicado en dicho Informe (Doc. 2-XVII, Res.
Rev.). B.
Examen de la situación de los derechos humanos en paises
americanos. 32. Durante este periodo de sesiones la Comisión examinó la situacion de los derechos humanos en Cuba, Haiti y Nicaragua. 1) El caso de Cuba 33. En su Decimosexto Periodo de Sesiones la Comisión continue
examinando la situación de los derechos humanos en Cuba. 34. Desde la iniciación de sus labores, en 1960, la Comisión se ha venido ocupando de este caso. En su
Cuarto y Sexto Perfodos de Sesiones (2 al 27 de abril de 19ó2 y 1ó deabril
al 18 de mayo de 19ó3, en su orden) publicó informes sobre la situación
de los derechos humanos en Cuba y sobre la situación de los presos
politicos sus familiares en este pais americano, con base en las numerosas
denuncias y testimonios presentados por personas y entidades sobre
violaciones especificós de los mencionados derechos (Docs. 30-IV y 4-VII,
respectivamente). Asimismo, en dos oportunidades (28 de septiembre de 1962 y
14 de octubre de 1965), la Comisión solicitó del Gobierno cubano la
anuencia correspondiente para visitar su territorio y examinar in.loco la
situación de los derechos humanos (Docs. 40-V y 26-XIII). 35. Con posterioridad a la publicación de esos informes, continuaron
recibiendose numerosas comunicaciones en las que se denunciaban, en forma
extensa y po menorizada, fusilamientos, maltratos y torturas a las presos
politicos y condenas a los mismos a penas graves luego de juicios sin
garantias procesales, extracción de sangre a condenados a muerte y otras
violaciones de los derechos humanos fundamentales, alegadamente cometidas
por las autoridades del Gobierno de Cuba. 36. En vista de lo anterior la Comisión, en su Decimocuarto Periodo de Sesiones (3 al 21 de octubre de 1966), le pidió a la Secretaria que preparara un nuevo proyecto de informe respecto de la situación de los derechos humanos en Cuba y que lo sometiera a su consideración en el Decimosexto Periodo. En
cumplimiento de ese acuerdo la Secretaria preparó un Proyecto de Informe
(Doc. 4-XVII) que fue presentado a la Comisión en el periodo de sesiones a
quese refiere este informe. 37. La Comisión considero el Proyeeto de referencia en el curso de la tercera, cuarta y sexta sesiones, celebradas el 25 y 27 de abril. En la tercera y cuarta sesiones se hizo un amplio estudio sobre el propósito y ccmposición del documento, se formularon varias observaciones al mismo y se le encomendó a la Secretaria la preparación de un proyecto revisado. En la sexta sesión se consideró el proyecto revisado, habiendo la Comisión aprobado, por unanimidad, el Informe sobre la situación de los derechos humanos en Cuba, y acordado elevarlo al conocimiento de los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos por intermedio del Consejo de la Organización (Doc. 4-XVII, Rev. de 27 de abril de 1967). El Informe
aprobado por la Comisión esta dividido en tres partes: un Capitulo Primero
en el que constan, en forma breve, las actuaciones de este Organismo con
respecto al caso de Cuba; un Capitulo Segundo en el cual se hace la relación
de algunas de las denuncias recibidas, precedida de una enumeración delos
hechos que configuran las denuncias citadas en dicho Capitulo y las
conclu-siones que se desprenden de los antecedentes y documentación. 2) El
caso de Haiti 38. Durante el Decimocuarto Periodo de Sesiones la Comisión realizó un examen de la situación de los derechos humanos en la República de Haiti con base en varias comunicaciones sobre violaciones graves de los derechos humanos en ese pais, en las cuales se denunciaba que varios ciudadanos haitianos devueltos a su pais desde la Republica Dominicana, en los meses de abril y mayo de 1966,habian sido ejecutados c recluidos en prisión arbitrariamente por las autoridades haitianas de la frontera. En esa oportunidad la Comisión tomó conocimiento deque el Gobierno haitiano habia rechazado las solicitudes de información que se le habian transmitido sobre los mencionados hechos, calificandolas de improcedentes. En dicho
periodo de sesiones la Comisión acordó reiterar al Gobierno haitiano las
solicitudes de información sobre el caso de los haitianos devueltosdesde la
Republica Dominicana, dejando,expresa constancia de la facultad que la
asiste, en virtud de su Estatuto, para dirigirse al Gobierno haitiano en
soli-citud de la información sobre los hechos puestos en su cbnocimiento
(Doc. 29-XV).Esta nueva solicited de información, de 3 de noviembre de
1966, fue nuevamente rechazada por el Gobierno de Haiti en nota de 1ó de
diciembre de 1966. 39. En el Decimoquinto Periodo de Sesiones (9 al 20 de enero de 1967) la
Comisión volvio a examinar la situación de los derechos humanos en la
Repdblica de Haiti con base en el documents titulado "Solicitudes de
Información Transmitidas al Gobierno de Haiti sobre el Caso de los
Ciudadancs Haitianos Devueltosa su Pais desde la Republica Dominicana",
preparado por la Secretaria a fin de facilitar a la Comisión el estudio del
problema (Doc. 2-XVI, Res.). Por otraparte, en el propio Decimoquinto
Periodo, la Comisión examino el caso de la familia haitiana Beauvoir-Florez
y acordó Ilevar ambos casos al conocimiento de los Gobiernos americanos
encomendando a la Secretaria la preparación de un documento revisado. 40. En su Decimosexto Periodo de Sesiones la Comisión examinó la situacián de los derechos humanos en Haiti y considero en el curso de su decima sesión, del 1 de mayo, el documento revisado presentado por la Secretaria. Este documento titulado: "Solicitudes de Información Transmitidas al Gobierno deHaiti sobre el Caso de los Ciudadanos Haitianos Devueltos a Su Pais desde la Republica Dominicana y el caso de la Familia Beauvoir-Florez" (Doc. 2-XVI, Rev.), incluye las partes pertinentes de las denuncias recibidas por la Comisión; una relación de las gestiones efectuadas por el Presidente de la Comisión, Profesor Manuel Bianchi, para establecer la situación de los haitianos devueltos desde la Republica Dominicana; y los textos de las notas y comunicaciones entre la omisión y,el.Gobierno haitiano con referencia a cada caso. En la misma sesión, la Comisión acordó publicar el mencionado documents y ponerlo en conocimientode los Gobiernos americanos por conducto del Consejo de la Organización. 3) El caso de Nicaragua 41. Entre el Decimocuarto y el Decimoquinto Periodos de Sesiones (octubre
de 1966 y enero de 1967) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
recibio numerosas comunicaciones de personas y asociaciones en las que se
denunciaban violaciones de los derechos humanos fundamentales en la República
de Nicaragua. Otras denuncias
se referian a actos violatorios del derecho de sufragio en la etapa
preelectoral de los comicios convocados en ese pais para el mes de febrerode
1967. Asimismo, la Comisión recibió numerosas comunicaciones de ciudadanos
nicaraguenses que afirmaban que las denuncias presentadas carecian de
fundamento. 42. En el Decimoquinto
Periodo de Sesiones la Comisión se abocó al examen de la situación de los
derechos humanos en Nicaragua, con base en el documento titulado "Informaciones
sobre la Situtación de los Derechos Humanos en Nicaragual, (Doc. 4-XVI,
Res.). Este documento, de caracter reservado y para uso exclusiveo de los
Miembros de la Comisión, fue preparado por la Secretaria con el objeto de
Miembros de la Comisión, fue preparado por la Secretaria con el objeto de
facilitar el examen de referencia y contiene una relación de las denuncias
recibidas y clasificadas de acuerdo con el derecho o deaechos alegadamente
violados; los textos de las notas dirigidas por el Presidente de la Comisión
al Gobierno de Nicaragua en solicitud de información sobre los hechos
denunciados; la respuesta del Gobierno nicaraguense a dichas solicitudes y;
anexos que complementanel propio documento. 43. De la consideración y estudio del ya citado documento y en especial
de la nota del Gobierno de Nicaragua, de 13 de diciembre de 1966, la Comisión
advirtió que el citado Gobierno habia dado traslado a las autoridades
nacionales competentes de las quejas transmitidas, ofreciendo remitir a la
Comisión en el momento oportuno los informes correspondientes, una vez que
se hubieran terminadolos respectivos procesos de investigación o se
hubieren pronunciado fallos judiciales. 44. En consecuencia la Comisión acordó, en su Decimoquinto Periodo de
Se-siones, proseguir el estudio de la situación de los derechos humanos en
Nicaragua hasta tanto le fueran transmitidas por el Gobierno de ese pais las
infomaciones solicitadas (Doc. 20-XVI). 45. En su Decimosexto Periodo de Sesiones la Comisión continuó el examen de la situación de los derechos humanos en Nicaragua con base en el documento titulado "Solicitudes de Información Transmitidas al Gobierno de Nicaragua yReepuestas de dichogobierno", preparado por la Secretaria, con caracter reservado, a fin de facilitar el examen del caso (Doc. 3-XVII, Res.). Del estudio del referido documento la Comisión observó: a) Que se habian recibido nuevas denuncias sobre violaciones de los de-rechos humancs en Nicaragua; b) Que en los casos procedentes se habian transmitido al Gobierno interesado las partes pertinentes de las denuncias, solicitando la información correspondiente; c) Que el Gobierno de Nicaragua habia dado oportunamente respuestas a las referidas solicitudes de información de la Comisión, pero continuaban pendienteslas informaciones ofrecidas por el propio Gobierno en la nota de 13 de diciembrede 1966 antes citada; y d)
Que el Presidente de la Comisión, en cablegrama de 23 de enero de
1967, se habia dirigido al Gobierno de Nicaragua expresóndole su disposición
de trasladarse a ese pais, en compañia del Secretario Ejecutivo, con el
mejor deseo de colaborar para aclarar las informaciones sobre la situación
de los derechos humanos. 46. Visto 3o anterior la Comisión, en la decima sesión, celebrada el 1
de mayo, acordó 3o siguiente: a) continuer examinando, de acuerdo con su
Reglamento, la situación de los derechos hurnanos en Nicaragua, en lo que
respecta a las denuncias sobre las cuales el Gobierno de ese pais ha
ofrecido transmitir oportunamente las informpciones correspondientes sobre
el curso de los juicios o investigaciones adelantadas por las autoridades
nacionales de la jurisdicción de los hechos denunciados. IX. ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL PROGRAMA GENERAL DE TRABAJO A. Proyecto de Convención Interamericana sobre Derechos Humanos 47. En el Decimoquinto Periodo de Sesiones la comisión completó el
estudio del proyecto de Convención sobre Derechos Humanos del Consejo
Interamericano de Jurisconsultos y de los proyectos de Convención de los
Gobiernos de Chile y Uruguay presentados a la Segunda Conferencia
Interamericana Extraordinaria, cumpliendo en esta forma con el encargo que
le fuera encomendado por la Resolución XXIV de la citada Conferencia y la
Resolución del Consejo de la Organización de 18 de mayo de 1966. Asimismo,
encomendó al Presidente y al Secretario Ejecutivo que, en colaboreción con
el Relator del tema, Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, llevaran a cabo la
revisión del Proyecto de Dictamen (Segunda Parte), lo trasladaran a los
Miembros de la Comisión para que estos pudieran hacer sus observaciones
finales y, por ultimo, transmitieran dicha Segunda Parte del Dictamen
alConsejo de la Organización por intermedio del Sr. Secretario General
(Doc. 20-XVI). Cabe recordar lue la Comisión transmitió al Consejo de la
Organización la Primera Parte del Dictamen sobre el Proyecto de Convención
sobre Derechos Humnos, en noviembre de 1966 (Doc. 29-XV). 48. En su Decimosexto Periodo de Sesiones la comisión tomo conocimiento,
en el. curso de su cuarta sesión del 25 de abril, de que se habian cumplido
sus acuerdos sobre este imporrtante asunto y que la Secretaria habia
transmitido al Consejo de la Organización, por intermedio del Sr.
Secretario General y con nota del Presidente de la Comisión de 10 de abril
de 1967, el documento titulado:"Dictamen Relativo al Proyecto de
Convención sobre Derechos Humanos aprobado por el Consejo Interamericano de
Jurisconsultos - Segunda Parte" (Doc. 8-XVI, Rev.).
Ademas, en la misma sesión, la Comisión acordó, incluir en el
Informe sobre la Labor Desarrollada durante su Decimoquinto Periodo de
Sesiones del 9 al 20 deenero de 1967 (Doc. 20-XVI), el texto del Voto
Razonado del Relator del tema, Dr. Carlos A. Dunshee de Abranches, respecto
del Dictamen sobre el Proyecto de Convención de Derechos Humanos del
Consejo Interamericano de Jurisconsultos. B.
Proyecto de Convención sobre
Libertad de Expresion, Informacion e Ivestigación 49. Con relación a este tema, la Comisión, atendiendo la recomevdación de la Resolución XX de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria, aprorobó durante su Decimotercer Periodo de Sesiones (18 al 28 de abril de 1966) una Resolución ampliando el plazo hasta el 30 de septiembre del mencionado año para que los Gobiernos de los Estados Miembros de la Organización enviaran sus observaciones al Proyecto a fin de que la comisión preparara un texto definitivo que seria sometido a una Conferencia Interamericana Especializada, de acuerdo Con la Carta de la OEA (Doc. 35-XIV). Este plazo fue nuevamente extendido en el Decimocuarto Periodo de Sesiones hasta el 28 de febrero de 1967 (Doc. 29-XV). De conformidad con estos acuerdos el Presidente de la Comisión dirigio, en fecha 4 de noviembre, una nota a los Gobiernos de los Estados Miembros por intermedio de sus Representantes en el Consejo de la Organización. Cabe señalar
que no se enviaron notas a los Gobiernos del Brasil y del Ecuador en vista
de que el primero, en nota de 28 de septiembre de 1964, habia informado que
no tenia observaciones ciue hacer al Proyecto y el Gobierno ecuatoriano, en
nota del 30 del mismo mes y auto, informó que aprobaba el Proyecto de
referencia en todas y cada una de sus partes sin observaciones. Como los
Gobiernos de Chile y de Estados Unidos de America habian formulado
observacionesal Proyecto (Doc. 4-XI, de 10 de marzo de 1965). el Presidente
de la Comisión, en notas de la propia fecha (2 de noviembre) consultó a
estos Gobiernos si tenian otras observaciones que formular. 50. Con base a estos antecedentes la Comisión consideró, en el curso de
la quinta y novena sesiones., celebradas el 26 y el 27 de abril, el Proyecto
Convención Interamericana sobre Libertad de Expresion. Información e
Investigación (Doc. 17-XI de 29 de marzo de 1965). 51. En la quinta sesión la Comisión observó que hasta la iniciación
del periodo de trabajos no se habian recibido respuestas de los Gobiernos
sobre las notas enviadas el 2 de noviembre de 1966. En consecuencia consideró
la conveniencia de extender nuevamente el plazo para las observaciones de
los Gobiernos, dando, por otra parte, a los Gobiernos que ya se habian
pronunciado sobrel el proyecto o que ya habian formulado observaciones, la
oportunidad de que los formularan o ampliaran las anteriores, segun el caso. En la
propia sesión la Comisión acordó, luego de un amplio cambio de opiniones,
transmitir al Consejo de la OEA el Proyecto de Convención sobre Libertad de
Expresión, de Información y de Investigación con el ruego de que el mismo
se considere en la Conferencia Especializada que sea convocada para estudiar
el Proyecto de Conveneión sobre Derechos Humanos. A los fines de este
acuerdo, laComisión encomendó a la Secretaria la preparación de un
proyeeto de resolucion. 52. En la novena sesion, la Comisión aprobó la siguiente Resolución (OEA/Ser.L/V/II.17,
Doc. 25 de 29 de abril de 1967): RESOLUCION RELATIVA AL PROYECTO DE CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE LIBERTAD DE EXPRESION, INFORMACION E INVESTIGACION (TEMA 7 DEL PROGRAMA) LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CONSIDERANDO: Que en su
Primer Periodo de Sesiones, celebrado en octubre de1960, decidió eatudiar,
dentro de au programa general de trabajo, el tema relativo a la "libertad
de investigacion, opinion, expresion y difusion del pensamiento”, habiendo
designado relator del mismo al Dr. Gonzalo Escudero, Miembro de la Comisión; Que el
relator del tema en el segundo informe que sometió a la consideración de
la Comisión, en el Cuarto Periodo de Sesiones realizado en abril de 1962,
sugirió la conveniencia de que estudiara la posibilidad de preparar un
Proyecto de Convención Interamericana sobre Libertad de Expresión,
Información e Investigación, y que la Comisión, despues de aprobar la
recomendación del relator, le encomendó la redacción del mencionado
proyecto; Que durante
su Quinto Periodo de Sesiones, realizado en octubre 1 de 1962, esta Comisión
inició el debate sobre el Proyecto presentado por el Relator, respecto del
cual algunos de sus Miembros formularon observaciones y que, en el curso de
su Septimo Periodo de Sesiones, celebrado en Santiago de Chile en octubre de
1963, aprobó el segundo proyecto presentado por el Relator, con las
modificaciones correspondientes; Que la Comisión,
en fecha 30 de octubre de 1963, transmitió el mencionado Proyecto de
Convención al Consejo de la Organización, con la solicitud de que lo
enviara a la Undecima Conferencia Interamericana bajo el Tema III de su
Programa, intitulado "Protección de losDerechos Humanos"; Que la Comisión,
en el curso de su Octavo Periodo de Sesiones, celebrado en abril de 1964,
resolvió transmitir a los Gobiernos de los Estados Miembros de la
Organización el referido Proyecto de Convención, solicitandoles sus
observaciones y comentarios al mismo; Que los
Gobiernos del Brasil., Chile, Ecuador, Estados Unidos de America y Venezuela
contestaron la solicitud de la Comisión, habiendo expresado los Gobiernos
del Brasil y del Ecuador, que no tenian observaciones que formular a dicho
Proyecto, mientras que los Gobierno de Chile, Estados Unidos de America y
Venezuela formularon varias observaciones y comentarios; Que la Comisión,
durante su Dócimo Periodo de Sesiones, procedióa la revision del
mencionado Proyeeto de Conveneión a la luz de lasobservaciones y
comentarios formulados por los Gobiernos de Chile,Estados Unidos de AmSrica
y Venezuela; Que dicho
texto revisado fue sometido a la Segunda Conferencia Interamericana
Extraordinaria celebrada en Rio de Janeiro en noviembrede 1965, la cual, en
su Resolución XX, solicitó de la Comision que envista del escaso numero de
paises que habian manifestado su criterio sobre dicho documento, ampliara el
plazo para las observaciones de los Gobiernos "para que a la luz de
todas ellas, lo considero nuevamente y elabore un texto definitivo con el
objeto de someterlo a una Conferencia Especializada Interamericana, de
acuerdo con la Carta de la Organización"; Que durante
su Decimocuarto Periodo de Sesiones, celebrado en octubre de 1966, la Comisión
acordó ampliar el mencionado plazo hasta el 28 de febrero de 1967,
circumstancia que fue comunicada a los Gobiernos de los Estados Miembros de
la Organización en nota de 4 de noviembre de 1966; Que hasta la presente fecha, la Comisión no ha recibido nuevasobservaciones al mencionado Proyecto, RESUELVE. 1. Transmitir al Consejo de la Organización de los Estados Americanos
el Proyecto de Convención Interamericana sobre Libertad de Expresión,
Información y de Investigación, con la solicitud de que, en cumplimiento
de la Resolución XX de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria,
sea sometido a una Conferencia Especializada Interamericana. 2. Sugerir al Consejo de la Organización que la Conferencia
Especializada Interamericana, a que se refiere el parrafo anterior, podria
ser la misma Conferencia que considere y decida sobre la aprobación y firma
de una Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, teniendo en cuenta
la estrecha relación entre las dos materias. C. Situación de los refugiados politicos en América 53. Este tema ha venido siendo objeto de estudio por parte de la Comisión
desde su Septimo Periodo de Sesiones (octubre de 1963, Doc. 35-VIII). 54. Durante su Decimo y Duodecimo Periodos de Sesiones, celebrados del 15 al 26 de marzo y del 4 al 15 de octubre de 1965, respectivamente, la Comision aprobó dos Resoluciones: en una se recomendó a los Estados Miembros de la OEA que consideraran la posibilidad de otorgar a los refugiados politicos de los paises americanos que se encontraran legalmente en sus territories, documentos de viaje y que examinaran la posibilidad de reconocer como validos los documentos de viaje que tuvieran dichos refugiados, que hubieran expirado y no pudieran ser revalidados (Decimo Periodo de Sesiones); en la otra, se reiteró la.mencionada recomendación en favor de la expedicion de un documento de viaje para refugiados y se exhortó, ademas, a los Estados miembros a que acentuaran la practica de la concesión del asilo territorial en sus respectivos paises( Duodecimo Periodo de Sesiones). Por otra parte, en este ultimo periodo de sesiones, la Comisión aprobó un Informe sobre Refugiados Politicos en América en el cual se compilaron todos los antecedentes sobre el tema y el criterioide la comisión sobre los aspectos mas importantes y respecto de las necesidades mas apremiantes relacionadas con la situación de dichos refugiados (Doc. 7-XI, Rev.2). Estos
acuerdos de la Comisión fueron puestos en conocimiento de la Segunda
Conferencia Interamericana Extraordinaria (noviembre de 1965) en el Informe
que la Comisión sometió a dicha Conferencia (Doc. 5-XI, Rev. 2). 55. La Conferencia en su Resolución XXI (Asilo a los Refugiados
PoliticosCubanos) adoptó los acuerdos de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos y encargó al Comite Juridico Interamericano que preparara,
oida la Comisión, uniproyecto de Conveneión sobre Refugiados. 56. En su Decimotercer Periodo de Sesiones la Comisión consideró la
situación de los refugiados politicos teniendo en cuenta lo dispuesto en la
Resolución XXI de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria y la
solicitud del Comite Juridico Interamericano pidiendo a la Comisión que, de
conformidad con el inciso 3 de la susodicha Resolución, hiciera llegar a
dicho Comite sus opiniones sobre un proyecto de convencion sobre refugiados.
En vista de lo anterior la Comisión, en Resolución de 21 de abril aprobó
un "Suplemento al Informe sobre Refugiados Politicos en America" y
transmitió al Comite Juridico su informe sobre esta material antes citado,
y el mencionado Suplemento, sin perjuicio de formular las observaciones y
comentarios pertinentes respecto del Proyecto deConvención que preparara el
Comite de Rio de Janeiro. 57. En su Decimosexto Periodo la Comisión tomó conocimiento de que el Comite Juridico Interamericano, durante su periodo extraordinario de sesiones, celebrado en abril de 1966, habia elaborado un Anteproyecto de Convención precedido de un Proyecto de Informe y una Resolución sobre Refugiados (OEA/Ser.I/VI.2, CIJ-85), en la cual se expresa que el Comite sólo habia tomado conocimiento en su sesión final, del "Suplemento al Informe sobre Refugiados Politicás en America", preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por otra
parte, la Comisión, tomó conocimiento respecto a este tema el hecho de que
la asamblea General de las Naciones Unidas habla aprobado.un ProtColo a la
Convención More el Estatuto de los Refugiados de Ginebra de 1951, ampliando
el imbito de aplicación de dicha Convención. 58. Teniendo en cuenta lo anterior, la Comisión en su decima sesión, del 1 de mayo, acordó lo siguiente: a) continuar ocupandose del problema de los refugiados politicos en America y b) reiterar su Resolución de 21 de abril de1966, de formulae en el momento oportuno las observaciones y comentarios que estime convenientes respecto del proyeeto de Convención que prepare el ComitóJarldico Interamericano. D.
Aplicación General de la
Institucion del Estado de Sitio. Segundo
Informe preparado por el Dr. Daniel Hugo Martins 59. En vista de la importante relación entre el problema del
"estado de sitio" y el ejercicio de los derechos humanos en los
paises americanos la Comisión incorporó (durante su Quinto Periodo de
Sesiones -24 de septiembre a 26 de octubre de 1962) esta materia a su
Programa General de Trabajo. 60. Para facilitar el estudio del problema la Secretaria preparó el
documento titulado "Estudio Preliminar del Estato de Sitio y la
Protección de los Derechos Humanos en los Estados Americanos", que fue
presentado a la Comisión Septimo Periodo de Sesiones (Doc. 6-VIII). En
dicho Periodo la Comisión designó al Dr. Daniel Hugo Martins como Relator
del tema y le encomendó la preparación de un informe con las
correspondientes conclusiones. 61. El Relator presentó, en el Octavo Periodo de Sesiones, un proyecto
de informe titulado “ La Proteccion de los Derechos Humanos frente a la
Suspension de Garantias o Estado de Sitio” (Doc. 14-IX).
En el citado documento se examinaba la posibilidad de establecer
principos comunces sobre la materia a todos los paises americanos y; se
consideraba la conveniencia de establecer organismos internacionales que
controlen la regularidad juridica de las practicas observadas durante el
Estado de Sitio en lo que respecta a los derechos individuales. 62. En el Noveno Periodo de Sesiones los Miembros de la Comisión
formularon sus observaciones al proyecto de informe de referencia y la
Secretaria, a fin de colaborar con el Relator preparó sus observaciones
(Doc. 7-X). 63. Con base en las referidas observaciones y comentarios el Relator
pre-paró un Segundo Informe titulado "La Proteeción de los Derechos
Humanos frente a la Suspensión de las Garantias Constitucionales o Estado
de Sitio" (Doe. 12-XV). Este
segundo informe fue considerado, en forma preliminar en el curso del
Decimocuarto Periodo de Sesiones (3 al 21 de octubre de 1966), acordandose
proseguir su estudio en el periodo ordinario de sesiones de abril de 1967. 64. De conformidad con tal acuerdo, la Comisión prosiguió el estudio
del segundo informe del Relator en la dócima sesión del Decimosexto
Periodo, celebrada el 1 de mayo. En la propia sesión y luego de un amplio
examen del tema, la Comisión aprobo la siguiente Resolución: LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, CONSIDERANDO: Que ha tomado
conocimiento del Informe titulado "La Protección de los Derechos
Humanos frente a la SuBpensión de las Garantlas Cons-,titucionales o Estado
de Sitio", preparado por el Dri Daniel HugoMartins, Miembro de la
Comisión. Que el
mencionado Informe constitute una valiosa contribucion al esclarecimiento y
solución de este problema. Que la Comisión
en el Dictamen sometido al Consejo de la Orga--nización respecto del
Proyecto de Convención Interamericana sobre Derechos Humanos, le sugirió
que al considerar el Articulo 19 del Proyecto de Convención que sobre esta
materia preparara el Consejo Interamericano de Jurisconsultos, tomara en
consideration dicho Informe, RESUELVE: 1. Felicitar al Dr. Daniel Hugo Martins por la preparación del
importante informe titulado "La Proteeción de los Derechos Humanos
frente a la Suspensión de las Garantias Constitucionales o Estado
desitio". 2. Solicitar de la Secretaria que publique el mencionado Informáy
proceda a darle la mss amplia difusión. E. Estudio sobre el Derecho a la Vida 65. En su Decimocuarto Periodo de Sesiones
la Comisión tomo conocimiento del estudio preparado por la Lcda. Angela Acuña
de Chacón, titulado “El Derecho a la Vida (Doc. 13-XV) y acordo
considerar el mismo en su Decimosexto Periodo de Sesiones (Doc. 29-XV). 66. En su Decimosexto Periodo de Sesiones la Comision estudio el trabajo de la Lcda. Acuña de Chacon y aprobo, en su decima sesion, la siguiente Resolucion:
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CONSIDERANDO: Que ha tomado
conocimiento del Informe titulado “El Derecho a la Vida,” preparado por
la Lcda. Angela Acuña de Chacon, Que el
mencionado Informe constituye una contribucion valiosisima para el examen y
consideracion del mencionado tema, RESUELVE: 1. Felicitar a la Lcda. Angela Acuña de Chacon por la preparacion del
important Informed titutlado “El Derecho a la Vida”. 2. Solicitar de la Secretaria que publique el mecionado Informed y prceda a darle la mas amplia difusion.
67. El estudio sobre el "Derecho a la Vida" conctituye un amplio y documentado examen de las legislaciones de los paises americanos en lo que respeta a la pena de mauerte y a las disposiciones relativas a la ejecucion dedica pena en los paises americanos. Ademas, comprende una relacion historica de la evolucion juridica encameniada a la eliminacion de esta pena y consideraciones de orden sociologico que justifican se eliminacion de esta pena y consideraciones de la Lcda. Acuña de Chacon incluye un analisis critico del sistema penitenciario vigente en America con comentarios sobre la forma en que pudiera ser mejorado con arreglo a las tendencias modernas en este campo. X.
ANO INTERNACTONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 68. La Resolución XXIII de la Conferencia Interamericana Extraordinaria
(Rio de Janeiro, noviembre de 1965), dispuso, que la Organización de los
Estados Americanos se asociara a la celebración del Año Internacional de
los Derechos Humanos, en 1968, en acuerdo con la designación de la
Organización de las Naciones Unidas. Asimismo,
la citada Resolución, en su parrafo 2 dispuso solicitor de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos que elaborara el programa correspondiente. 69. En cumplimiento del mencionado encargo la comisión, en su
Decimotercer Periodo de Sesiones, aprobó una Resolución (25 de abril de
1966) encomendandó aásu Secretaria que preparara un proyecto de programa
de actividades. 70.
La Secretaria preparó el referido proyecto (Doc. 7-XVI), que fue
presentado a la Comisión en su Decimoquinto Perfodo de Sesiones (Doc.
20-XVI). Jun to con este documento se acompanaron copias de las resoluciones
aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el Año
Internacional de los DerechosHumanos (Doc. A/RES/2217/XXI/ de 3 de enero de
1967). En dicho periodo la Comi-sión aprobó, en principio, el proyeeto de
programa para la celebración del Ano Internacional de los Derechos Humanos,
sin perjuicio de considerar este asunto en el curso de su Decimosexto
Periodo en vista de que se sugirieron algunas modificaciones al propio
proyecto. 71. En la quinta sesión de su Decimosexto Periodo, celebrada el 26 de
abril, la Comisión, consideró nuevamente el proyecto de programa del Año
Internacional de los Derechos Humanos con base en el documento revisado
preparado por la secretaria, en el cual se incluyó un presupuesto
aproximado de los gastos que dicho proyecto de programa implicaria (Doc.
7-XVI Rev. I de 13 de abril de 1967). 72. Luego de un amplio examen del asunto la Comisión aprobó en la citada sesión, con algunas modificaciones, el documento titulado "Año Internacional delos Derechos Humanos" y accordó transmitirlo al Sr. Secretario General de laOrganización para los fines pertinentes. El documento de referencia transcribe la Resolución XXIII de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria; hace una relación de los acuerdos tomados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en cumplimiento dela susodicha Resolución e incluye el proyecto de programa de actividades que podria limitarse a las siguientes: la celebración de una Conferencia Interamericana Eopecializada sobre Derechos Humanos que considere y decida sobre la aprobación del Proyecto de Convención Interamericana de Derechos Humanos; la celebración de una sesión solemne del Consejo de la OEA a fin de commemorar elVigesimo Aniversario de la firma de la Declaración Americana de los Derechos yDeberes del Hombre; la realización de cursos de Derechos Humenos; la preparacion de un Volumen titulado "La OEA y los Derechos Humanos - Actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 1960- 1967"; la publicación, partiendo de 1968, de un Anuario de Derechos Humanos y otras actividades que se realizarian en colaboración con las Oficinas de la Secretaria General en los EstadosMiembros, tales como conferencias, mesas redondas sobre derechos humanos, disertaciones, etc. XI. OTROS ASUNTOS A.
Consideración de las
disposiciones pertinentes del Estatuto y de lá Reglamento relatives a la
preparación y publicación de los estudios e informes que elabore la Comisión 73. En su Decimoquinto Periodo de Sesiones la Comisión estudió, en
forma preliminar las disposiciones pertinentes del Estatuto y del
Reglamento, relativas a la
preparación y publicación de los estudios e informes necesarios en el
desempeño de su mandato de promover el respeto de los derechos hilmanos en
los paises americanos. 74. En el Decimosexto Periodo de Sesiones la Comisión hizo un amplio
esutudio de este asunto teniendo en cuenta, por una parte, las facultades
consignadas en sus articulos 9 y 9 (bis) de su Estatuto, en virtud de las
cuales autorizada para examinar las comunicaciones que le sean dirigidas, es
decir, para conocer de casos individuales sobre alegadas violaciones de los
derechos humanos fundamentales en los paises americanos y, por otra, los
antecedentes actuaciones cumplidas por la Comisión con respecto a los
informes plablicados sobre la situación de
los derechos humanos en algunos de los mencionados paises. 75. En vista de que el tema de referencia estaba estrechamente ligado a
las modificaciones al Reglamento de la Comisión, discutidas en el curso de
varias de las sesiones del presente periodo, la Comisión considero el tema
encuestión en las mismas sesiones en que se consideraron y aprobaron las
enmiendas al Reglamento, es decir, en el curso de sus tercera, quinta,
sexta, septima y ctava sesiones de los dias 25, 26, 27 y 28 de abril. 76. Como resultado de estas consideraciones le Comisión aprobó varias enmiendas a su Reglamento, que aparecen en otro lugar de este Informe. De conformidad con dichas enmiendas, la Comisión continuaró elaborando y publicando los estudios e informes que considere convenientes en ejercicio de las facultades de los Articulos 9 y 9 (bis) de su Estatuto (Doc. 33-XIV de 19 de abril- de 1966). B.
Revisión del Programa General
de Trabajo 77. En el curso de su duodecima sesión del 3 de mayo, la Comisión considero la convenciencia de revisar el estado de su Programa General de Trabajo elaborado durante su Primero, Quinto y Noveno Periodos de Sesiones celebrados del 3 al 28 de octubre de 1960; del 24 de septiembre al 26 de octubre de 1962; y del 5 al 16 de octubre de 1964, respectivamente (Docs 3-I, 40-v, 21-X, en su orden), a fin de determinar que temas habian sido objeto de completo estudio y que otros temas o asuntos deberian ser incorporados para futuro estudio de este Organismo. Cabe senalar que el proposito de este Programa General de Trabajo es el de trazar el campo de actividades que podra desrrollar la Comision a largo plazo de acuerdo con las facultades que la asisten de promover el respeto de los derechos humanos en los Estado Miembros de la Organizacion. En la misma
sesion, la Comisionacordo tratar este asunto en su Decimoseptimo Periodo de
Sesiones y encomendo a la Secretaria la preparacion de un documento sobre la
situacion en que se encuentra el Programa General de Trabajo y sobre cuales
podrian ser los temas que convendria incluir en dicho Programa. C.
Visita al Ministro de Justicia
y Subrogante de Relaciones Exteriores deChile 78. En la duodecima sesión la Comisión acordó visitar al Ministro de
Justicia y Subrogante de Relaciones Exteriores de Chile a fin de agradecer,
por su intermedio al Gobierno de ese pais, la invitacion que le fuera
extendida para que este Organismo llevara a cabo en territorio de Chile el
Decimosexto Periodo de Sesiones, y las facilidades y atenciones dispensadas
por el mismo para el buen termino del presente periodo de Sesiones.
La referida visita se llevó acabo el dia 5 de mayo en la ciudad de
Santiago. La Comision dejó constancia, de su agradecimiento a las autoridades de laMunicipalidad de Viña del Mar por mas facilidades brindadas durante el periodo de sesiones. XII.
FECHA Y SEDE DEL DECIMOSEPTIMO PERIODO DE SESIONES 79. En la duodecima sesión, la Comisión considero lo relativo a la
fechay sede del próximo periodo de sesiones. 80.
La Comisión acordó celebrar su Decimoseptimo Periodo de Sesiones
durante el mes de octubre de 1967 en su sede de la Unión Panamericana,
Washington, D.C. XIII. COMUNICACIONES AL SR.
PRESIDENTE DEL CONSEJO DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS Y AL SR.
SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION 81. Como en anteriores periodos de sesiones el Presidente de la comisión,en
cumplimiento del correspondiente acuerdo, dirigió, en fecha de 16 de junio
de 1967, una nota al Sr. Presidente del Consejo de la Organización de los
Estados Americanos haciendo de su conocimiento las actividades realizadas y
losacuerdos tomados por la comisión Interamericana de Derechos Humanos
durante su Decimosexto Periodo de Sesiones. 82. Del propio modo y en cumplimiento del acuerdo tomado por la Comisión
en la quinta sesión del 26 de abril, el Presidente de la Comisión dirigió
una nota al Sr. Secretario General, de fecha 16 de junio de 1967,
transmitiendole el documento titulado "Año Internacional de los
Derechos Humanos Proyecto de
Programa de Actividades (Doc. 7-XVI, Rev. 2), a fin de que el Sr. Secretario
General adopte las medidas necesarias a que se refiere el Parrafo 3 de la
Resolución XXIII de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria. (f) Manuel Bianchi, Presidente (f) Gabino Fraga, Vicepresidente (f) Angela Acuña de Chacón (f) Carlos.A. Dunshee de Abranches (f) Gonzalo Escudero (f) Daniel Hugo Martins (f) Durward
V. Sandifer ANEXO DOCUMENTOS DE LA COMISION INTERAMERCANA |