CASO 7486 (CUBA)
25 de junio de 1981
ANTECEDENTES:
- En comunicación de 26 de marzo de 1980, se denunció que 15
norteamericanos fueron detenidos por el Gobierno de Cuba y sentenciados a numerosos (2-24) años de prisión, la mayoría de los cuales no recibió debido proceso. Las personas detenidas son las siguientes:
Melvin Lee Bailey
Robert Bennet
Walter Lewis Clark
William Dawson
John Fekete
Agustin Householder
Lance Fyfe
Jon Gaynor
Douglas Miklas
Lewis Douglas Moore
William Nelson
Michael Seitler
Mark Schierbaum
Dale Stanhope
Thomas White
Los presos fueron detenidos bajo distintos cargos. Algunos fueron detenidos por supuesta posesión de marijuana en aguas jurisdiccionales cubanas, otros acusados de ser agentes de la CIA, y otros fueron detenidos por haber entrado ilegalmente en el pais.
Se denuncia además que fueron torturados psicológica y físicamente.
Los norteamericanos estaban encarcelados en la prisión Combinado del Este hasta el mes de octubre de 1980, cuando fueron puestos en libertad.
- En nota de 9 de septiembre de 1980, la Comisión transmitió las partes pertinentes de la
denuncia al gobierno cubano solicitándole que suministrase la información que estime oportuna.
- E1 Gobierno de Cuba hasta la fecha no ha respondido.
CONSIDERANDO:
- Que hasta la fecha el Gobierno de Cuba aún no ha respondido a la solicitud de la Comisión
de fecha 9 de septiembre de 1980.
- Que el Artículo 39, (1) del Reglamento de la Comisión establece lo siguiente:
Artículo 39:
Se presumirán verdaderos los hechos relatados en la petición y cuyas partes pertinentes hayan sido transmitidas al gobierno del Estado aludido, si, en el plazo máximo fijado por la Comisión de conformidad con el Artículo 31, párrafo 5, dicho gobierno no suministrare la información correspondiente, siempre y cuando de otros elementos de convicción, no resultare una conclusión diversa.
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
- Por aplicación del Artículo 39, (1) del Reglamento presumir verdaderos los hechos
denunciados en la comunicación de 26 de marzo de 1980 relacionada con la detención de los 15
presos norteamericanos.
- Declarar que el Gobierno de Cuba violó el derecho de protección contra la detención
arbitraria (art. XXV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre) y el
derecho a proceso regular (art. XXVI).
- Tomar nota del hecho de que los presos fueron puestos en libertad.
- Comunicar esta decisión al Gobierno de Cuba y a los denunciantes.
- Inclir esta Resolución en el Informe Anual de la Comisión a la Asamblea General de la
Organización de los Estados Americanos de conformidad con el Artículo 18, inciso (f) y Artículo
59, inciso (g) del Reglamento de la Comisión.
