OBSERVACIONES QUE LA COMISION CONSIDERA APROPIADAS RESPECTO DE LAS COMUNICACIONES QUE HA RECIBIDO
Durante el período cubierto por el presente informe, la Comisión celebró sus 46o, 47o, 48o y 49o Períodos de Sesiones, habiéndose abierto un gran número de casos concretos sobre presuntas violaciones de derechos humanos consagrados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, así como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
De conformidad con las disposiciones del Estatuto entonces en vigor, la Comisión considera que, en este Informe Anual a la Asamblea General, corresponde tan sólo hacer observaciones sobre aquellos casos cuya tramitación y examen tuvieron lugar durante el período de tiempo cubierto por el mismo y en los cuales fue comprobada una violación de derechos humanos; habiéndose además formulado las recomendaciones convenientes a los gobiernos contra los cuales estaban dirigidas las respectivas denuncias, en aplicación de lo dispuesto en los correspondientes Artículos del Reglamento entonces vigente.
En consecuencia, la Comisión somete a la consideración de la Asamblea General de la Organización las observaciones que ha considerado apropiadas respecto de los casos que llenan las condiciones requeridas para su publicación.
A tales efectos, las Resoluciones que a continuación se reproducen han sido ordenadas, de cuerdo a las fechas en que fueron aprobadas por la Comisión.
| 1. | Argentina | (Caso 3358) | 12/80 | Cita / Texto |
| 2. | Argentina | (Caso 2088A) | 18/78 | Cita / Texto |
| 3. | Argentina | (Caso 2088B) | 19/78 | Cita / Texto |
| 4. | Argentina | (Caso 2127) | 14/80 | Cita / Texto |
| 5. | Argentina | (Caso 2155) | 20/78 | Cita / Texto |
| 6. | Argentina | (Caso 2209) | 21/78 | Cita / Texto |
| 7. | Argentina | (Caso 2266) | 22/78 | Cita / Texto |
| 8. | Argentina | (Caso 2484) | 23/78 | Cita / Texto |
| 9. | Panama | (Caso 2509) | 38/79 | Cita / Texto |
| 10. | Panama | (Caso 2553) | 31/78 | Cita / Texto |
| 11. | Panama | (Caso 2777) | 40/79 | Cita / Texto |