SECCION 1- PARTE III
OBSERVACIONES RESPECTO DE COMUNICACIONES RECIBlDAS
En el período de tiempo cubierto por este informe, la Comisión consideró 626 comunicaciones o reclamaciones de personas y entidades en las cuales se denunciaban 617 casos concretos de presuntas violaciones de los derechos humanos consignados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Además recibió 334 comunicaciones de carácter informativo sobre la situación general de estos derechos en los paises americanos.
Concluida la tramitación de cada caso (Artículos 37 a 51 del Reglamento), la Comisión entró a examinar las pruebas suministradas por el gobierno aludido o por el denunciante o las que la propia Comisión pudo recoger de conformidad con el Artículo 51 del citado Reglamento aplicando, cuando fuere procedente, la regla de presunción de verdad contenida en el Artículo 51.
De conformidad con su Estatuto, Artículo 9 (bis) c, considera la Comisión que, en su informe anual a la Asamblea General, corresponde hacer observaciones solamente sobre los casos cuya tramitación y examen hayan concluido en el período cubierto por el informe y en los cuales se haya comprobado desconocimiento de los derechos humanos y, además, se hayan formulado al gobierno contra el cual estaba dirigida la denuncia las recomendaciones convenientes, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 52 de su Reglamento.
En tal virtud, cumpliendo lo prescrito en la Resolución XXII de la Segunda Conferencia Interamericana Extraordinaria (apartado 4), en la Carta de la OEA (Artículo 150) y en el Artículo 57 de su Reglamento, la Comisión somete a la consideración de la Asamblea General las observaciones que considera apropiadas respecto del caso que llena las condiciones arriba indicadas.
CITAS
CIDH, CASO 1683, BRASIL, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 32-45.
CIDH, CASO 1684, BRASIL, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 45-74.
CIDH, CASO 1604, CUBA, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 74-78.
CIDH, CASO 1721, CUBA, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 78-79.
CIDH, CASO 1726, CUBA, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 80-81.
CIDH, CASO 1716, HAITI, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 81-83.
CIDH, CASO 1731, HAITI, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, pág. 83-86.
CIDH, CASO 1688, NICARAGUA, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 86-89.
CIDH, CASO 1741, PARAGUAY, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 89-92.
CIDH, CASOS 1758, 1759, y 1763, PARAGUAY, OEA/Ser.P, AG/doc. 409/74, 5 marzo 1974, original: español, págs. 92-94.